Sobre el Reglamento de Becas: Del Reglamento de Becas según La Circular N°1 de ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y SUBVENCIONADOS MUNICIPALES Y PARTICULARES de la SUPERINTENDENCIA ESCOLAR. Versión:04 (fragmento informativo obtenido de esta fuente).
El reglamento de becas debe contener los siguientes puntos:
• Las bases del reglamento deben establecer criterios y procedimientos objetivos y transparentes para la postulación y selección de los beneficiarios.
• Establecer los parámetros que calificarán la situación socioeconómica de los alumnos y su grupo familiar, para la asignación de la beca.
• Al menos dos tercios de las exenciones deben otorgarse atendiendo exclusivamente las condiciones socioeconómicas de los alumnos y su grupo familiar. Por lo tanto, los alumnos vulnerables del establecimiento podrán ser considerados alumnos becados de financiamiento compartido.
• Debe establecer igualdad y equidad en su postulación, lo que se traduce en que todos los alumnos del establecimiento pueden postular al beneficio de la beca. En consecuencia, a ningún apoderado se le puede prohibir presentar la solicitud de postulación al beneficio.
• Debe establecer procedimientos de postulación, asignación y apelación para todos los postulantes:
– Postulación: El apoderado debe formular su decisión de obtener una beca mediante un formulario de solicitud. Pueden postular todos los alumnos, incluyendo los alumnos nuevos. No podrá constituir requisito para postular su condición económica, rendimiento escolar pasado y/o potencial, situación disciplinario y/u otro elemento de discriminación, más que ser alumno matriculado en el establecimiento.
– Asignación: El establecimiento educacional resolverá las solicitudes presentadas a través de una comisión de becas, la que estará encargada de asignar los beneficios de acuerdo a los parámetros o puntajes establecidos en el reglamento.
– Apelación: Los apoderados podrán apelar a la decisión de la comisión en la adjudicación de los beneficios.
37.2.42. Del Listado de Alumnos Becados. El establecimiento para los efectos de fiscalización debe mantener un listado con todas las exenciones entregadas por el Sostenedor, el cual debe indicar la siguiente información:
Nombre del alumno becado.
Curso.
Porcentaje de Beca: Corresponde al porcentaje de la exención calculado sobre el monto del Arancel Mensual.
Arancel: Valor real que debe cancelar el apoderado del estudiante, deducida de la exención.
Monto de la beca: Corresponde al valor en dinero, con el que se beneficia al alumno.
Origen de la beca: Si las becas es de origen socioeconómico o Libre Disposición.
De la becas del Colegio Antonio Varas año 2015.
Prioritarios: 472
MINEDUC: 154
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FORMULARIO BECAPERCAPITA (descarga aquí)