PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

2022

INTRODUCCIÓN

En la difícil misión de educar, nuestro proyecto educativo “Liceo Bicentenario de Excelencia Colegio Antonio Varas”, propende a una educación inclusiva, integral y de calidad. Con la vocación de que cada estudiante tiene el derecho a que se le brinde la oportunidad de desarrollarse en todos los aspectos de su persona (social, físico, intelectual, espiritual, cultural y afectivo).

También debemos considerar que nuestro país se transforma a un ritmo acelerado producto del desarrollo científico y tecnológico, la apertura económica, la globalización de los mercados y la asociación con otros estados.  Lo que nos exige y motiva a un desarrollo integral de los jóvenes con un marcado énfasis en valores conductuales éticos, desarrollados a través de actividades recreativas, culturales, deportivas y curriculares tendientes a crear, entregar y promover entre nuestros alumnos los espacios de tolerancia, comprensión, solidaridad, justicia y paz.

Un Proyecto Educativo Institucional (PEI), constituye la expresión del grado de autonomía que ha alcanzado la organización dentro del marco que ofrece el conjunto del sistema educativo. Significa el reconocimiento de la capacidad de ejercer liderazgo con estilo propio en función de las características específicas de la comunidad educativa y su problemática concreta.

El P.E.I. busca ser el espejo amplio en donde todos los estamentos del Colegio hacen realidad los sueños y propósitos académicos, con el ímpetu propio de quienes están en permanente búsqueda del saber. La confección de este P.E.I. se remonta antes del año 1998 con un perfeccionamiento continuo de la Dirección Provincial de Elqui, con el Programa Mece Media. Posteriormente le dimos cuerpo cuando nos incorporamos a la Jornada Escolar Completa, participando los integrantes que en ese entonces formaban el Equipo de Gestión, Docentes, Alumnos/as y Apoderados. Actualmente, debemos reactualizar nuestro Proyecto Educativo Institucional, considerando las acciones de la Ley S.E.P. a través del Proyecto de Mejoramiento Educativo, Ley de Inclusión Escolar N° 20.845, participando en su reformulación todos los estamentos educativos el que tuvo una vigencia de 4 años, desde el año 2016 al 2020.

Posteriormente se reactualiza para el período 2021 al 2024, ante la adjudicación del Proyecto de Liceo Bicentenario de Excelencia, logrado en noviembre de 2019.

 

 

 

FUNDAMENTOS

Definir el currículum de una escuela es preguntarse qué es lo que queremos formar y coordinar con una respuesta de un proyecto de Ser Humano, considerando las circunstancias psicológicas y culturales que trae cada niño y niña como formación básica de la familia y su entorno social, y respetando credos religiosos, étnicos, ideales políticos y de nacionalidad de las familias e integrantes de la unidad educativa.

La formación curricular nos permite transformar ciertos lineamientos que van construyendo metas realizables y que nacen de las necesidades detectadas tras evaluaciones internas y externas, teniendo como foco principal el aprendizaje progresivo de niños y niñas en todas las áreas.

Nuestras herramientas serán la utilización de todos los recursos existentes: humanos y materiales con los que cuenta la escuela.

Como Colegio nos destacamos por nuestros niveles de logros, obteniendo la excelencia académica en los años 2000 y 2001, y manteniéndola desde el año 2006 hasta el año 2021. Y, por estos días, hemos sido informados de haber obtenido una vez la excelencia académica hasta el 2024.

Nuestros puntajes de PSU, también se han mejorado gradualmente obteniendo como promedio 530 puntos en lenguaje y 520 puntos en matemáticas, lo mismo ocurre con nuestros resultados SIMCE, siendo fluctuantes en algunos cursos manteniéndonos sobre los 270 puntos en lenguaje y matemáticas en cuartos básicos, a lo igual que en octavos básicos y segundos medios.

En los resultados de eficiencia nos destacamos con un 93% de asistencia de nuestros/as alumnos/as, con una tasa de aprobación de 96,5% en Enseñanza Básica y 95% en Enseñanza Media, una tasa de repitencia de 3,4% en Enseñanza Básica y de 5,0% en Enseñanza Media, y de una tasa de retiro de 3,6% en Enseñanza Básica y de 4,2% en Enseñanza Media.

Nuestro Colegio propiciará actividades curriculares y extracurriculares que contemplan objetivos relacionados con las cuatro dimensiones establecidas en los Objetivos Fundamentales Transversales: Formación ética, Crecimiento y autoafirmación personal, Persona y su entorno y Desarrollo del Pensamiento generando siempre un ambiente de sana convivencia, tomando en cuenta los Pilares del Programa Liceo Bicentenario: Altas expectativas, Foco en los aprendizajes, Nivelación de Aprendizajes y Reenseñanza, Libertad y Autonomía, Liderazgo Directivo.

 

 

 

CARTA FUNDACIONAL COLEGIO ANTONIO VARAS.

 

De acuerdo con la Constitución Política de la República y con los principios de educación del Estado de Chile, un grupo de profesores de Vicuña ha organizado y puesto en marcha esta nueva Unidad Educativa que tiende a satisfacer las necesidades que estos documentos señalan y en los Términos que ellos estipulan.

 

El Capítulo III “De los Derechos y Deberes Constitucionales” en sus Artículos 10° y 11° señala textualmente:

Artículo 10°. La Educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida.

Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho.

La Educación Básica es obligatoria, debiendo el Estado financiar un sistema gratuito. Con tal objeto, destinada a asegurar el acceso a ella de toda población.

Corresponderá al Estado, asimismo, fomentar el desarrollo de la educación en todos sus Niveles: estimular la Investigación Científica y Tecnológica, la Creación Artística y la Protección e Incremento del Patrimonio Cultural de la Nación.

Es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la Educación.

Artículo 11°. La libertad de enseñanza incluye el derecho de Administrar, Organizar y Mantener establecimientos educacionales.

La libertad de enseñanza no tiene otras limitaciones que las impuestas por la Moral, las Buenas Costumbres, el Orden Público y la Seguridad Nacional.

La enseñanza reconocida oficialmente no podrá orientarse a propagar tendencia política partidista alguna.

Los padres tienen el derecho de escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos.

Una Ley Orgánica Constitucional establecerá los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los Niveles de la Enseñanza Básica y Media y señalará las Normas y Objetivos, de general aplicación, que permitan al Estado velar por su cumplimiento.

Dicha ley, del mismo modo, establecerá los requisitos para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales de todo Nivel.

Para cumplir con el propósito de fomentar el desarrollo de la educación, estimular la Investigación Científica, la Creación Artística e incrementar el patrimonio cultural de la nación, hemos adoptado el acuerdo de trabajar en la Modalidad de Educación Particular Subvencionada en cumplimiento con uno de los principios educacionales del Estado, específicamente nos basamos en el principio de “Estado Subsidiario” que en el párrafo segundo textualmente señala: “En el plano de la Educación, implica la parte del Estado, impulsar la iniciativa de las organizaciones privadas para que intervengan directa y progresivamente en la gestión educacional, bajo la orientación y con el apoyo de los organismos Técnicos del Ministerio de Educación”.

En cumplimiento a los dictados de la Constitución Política y de los principios Educacionales del Gobierno de Chile, anteriormente citados, esta Unidad Educativa, de origen privado, ha adoptado el nombre de “Colegio Antonio Varas” en honor al ilustre ciudadano chileno, Ministro de Estado durante la administración del Excelentísimo Presidente de la República, Don Manuel Montt, que fuera un gran impulsor de la educación en Chile.

La Organización, Objetivos y Procedimientos de trabajo, son los presentados en este Primer Plan Anual del Colegio “Antonio Varas”.

Este documento registra timbre y la firma de la primera directora del Establecimiento. Sra. Berta Elena Ojeda Álvarez, y tiene como fecha 08 de marzo de 1982.-

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