El Decreto 196 de Enero 2006 del Ministerio de Educación. Reglamento que determina (Artículo 2°) a los establecimientos educacionales los procedimientos para medir y ponderar la vulnerabilidad socioeconómica de un alumno o postulante, para lo cual se considerará el nivel socioeconómico de la familia, el nivel de escolaridad de los Padres y Apoderados y el entorno del establecimiento.
El Ministerio ha establecido para el año 2016 que la gratuidad será hasta el 4° quintil por lo que el Colegio Antonio Varas deberá calcular manualmente la situación de los alumnos y familias que se encuentren en el 5° quintil.
Por lo que solicitamos hacer llegar a cada profesor jefe el último certificado de estudio de la madre, boleta de la luz o agua para certificar la residencia del grupo familiar. El plazo de esta documentación que se requiere es hasta el 09 de diciembre.
Muy atentamente,
DIRECTORA
PATRICIA VELOSO GUTIÉRREZ